Constatación de lesiones
30 de enero de 2024
¿Qué son?
La constatación de lesiones es un examen médico-legal que busca resguardar los derechos de las personas que han experimentado una agresión física. Se trata de un acto médico al servicio de la justicia que tiene implicancias legales. Su aplicación permite al personal médico certificar la gravedad, antigüedad, tiempo de curación y nivel de incapacidad [1]. El informe que resulta de este examen permite registrar las características de las lesiones, lo que habilita inferir el mecanismo de acción y formular el pronóstico médico legal. Este informe es un insumo fundamental para la víctima, pues es la principal herramienta que tiene la justicia para evaluar el daño ocasionado a la víctima [2].
La constatación de lesiones consiste en [2]:
Certificación de la identidad de la persona examinada.
Anamnesis o relato (entrevista médica para conocer la salud actual, historia personal y factores relevantes de la persona consultante).
Descripción detallada de las lesiones físicas, además de incluir aspectos descriptivos sobre el estado mental y emocional.
Diagnóstico clínico de las lesiones.
Pronóstico estimado de las lesiones.
Señalar si requiere exámenes o derivaciones a especialistas u otros servicios.
Consignar las circunstancias en las que se originaron las lesiones y la(s) persona(s) agresora(s).
Pueden realizarla médicos que se desempeñen en los Servicios de Urgencia de Hospitales, Clínicas, SAPU o en cualquier establecimiento de salud semejante, sean públicos o privados.
Al realizarse la constatación de lesiones, puede haber otros elementos que permitan identificar al agresor y dar luz de las circunstancias en que se produjo la lesión. Estos elementos pueden ser [2]:
Vestimenta
Objeto utilizado como arma
Proyectiles de un arma de fuego
Manchas
Tejidos
Fluidos biológicos
Estos elementos son evidencias. Deben ser manejados con cuidado, evitando que se dañen o extravíen. Para ello, es necesario dejar registro de la denominada “cadena de custodia anotándose el número único de evidencia (NUE) de cada objeto en el informe de lesiones [2]. Adicionalmente, se debe evitar guardar evidencia en bolsas plásticas. En su lugar, se debe optar por bolsa de papel o caja de cartón cerrada, para evitar la acomulación de humedad.
De acuerdo al Colegio Médico e Chile, las lesiones se distinguen balo el criterio de riesgo vital del paciente: graves gravísimas, graves, menos graves y leves. Los criterios para clasificarlas dependen de la incpacacidad laboral y la recuprabilidad de la víctima [2]:
Lesiones graves gravísimas: víctima queda demente, inútil para el trabajo, impotente impedida de algún miembro importante o notablemente deforme.
Lesiones graves: víctima queda con enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días.
Menos graves: víctima tiene enfermedad o incapacidad para el trabajo por menos de treinta días.
Leves: la víctima no tiene enfermedad ni incapacidad para el trabajo.
La denuncia de lesiones puede ser invocada a través del artículo 175 el Código Procesal Penal de Chile. Esta obliga a los jefes de etablecimientos de salud, médicos y demás profesionales y auxiliares relacionados con la conservación o el reestablecimiento de la salud, tanto del sector público como privado, a denunciar cuando una persona o cadáver tenga señales de envenenamiento u otros delitos. Esto debe hacerse en un plazo de 24 horas contadas desde que se tomó conocimiento del delito [2].
Las enuncias por lesiones se pueden realizar ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o ante cualquier Tribunal con competencia criminal. Puede ser verbal o escrita, y deberá contener: la identificación de quien denuncia y su domicilio (puede ser su dirección laboral), así como la narración de los hechos que le consten, además, si fuere posible, identificar a quién cometió el delito y posibles testigos [2].
El Colegio Médico de chile, a través de su departamento de derechos humanos, junto a la Asociación de Magistrados y su Comisión de Derechos Humanos y Género, compiló en el 2020 una guía con estándares mínimos para la constatación de lesiones para llevar a cabo este proceso de manera correcta. A continuación se mencionan algunas de las recomendaciones clave:
La constatación de lesiones puede ser solicitada directamente por la persona lesionada o ser llevada a cabo en el curso de detención por parte de Carabineros, Policía de Investigaciones o Gendarmería.
No debe ser condicionada a la presencia de funcionarios policiales o gendarmes. No deben realizarse en cuarteles policiales, recintos penitenciarios o militares, y de be ser llevada a cabo en privacidad sin la presencia del efectivo policial o gendarme.
Ningún médico o médica puede negarse arbitrariamente a constatar lesiones a quien lo solicite. Se deberá registrar las lesiones que encontrase en la ficha clínica o de Datos de Atención de Urgencias (DAU).
Toda persona debe ser evaluada respetando su autonomía, siempre con su consentimiento - y de ser posible - sin elementos de restricción (esposas). Debe darse un trato digno que permita el ejercicio de los derechos humanos por parte de las personas afectadas, con perspectiva de género y respetando la diversidad y multiculturalidad.
No corresponde hacer juicios de valor, por ejemplo, respecto al por qué ocurrieron los hechos. En el caso de que la persona se niegue a ser evaluada, el/la médico/a debe explicarle la importancia del examen. Si la persona de manera libre y voluntaria persiste en su decisión, ésta debe respetarse y ser consignada explícitamente en el DAU o ficha clínica.
En caso de tratarse de lesiones producidas fuera de contexto de detenciones (ej: en vía pública), que no se haya realizado la constatación durante la detención, o bien, no se está conforme con el informe, es posible acudir a centros de salud habilitados incluso si no ocurrió el mismo día.
Se debe permitir un relato abierto y realizar una anamnesis completa consignando todos los detalles posibles sobre la detención y las lesiones: qué, quién, dónde (ej: entre cuales calles), cuando (fecha/hora) y cómo. Realizar preguntas abiertas evitando dar opciones o inducir el relato. Además indagar sobre otras formas de violencia (psicológica o sexual).
Fuentes:
[1] Colegio Médico de Chile (2020) Constatación de lesiones: Estándares mínimos. https://www.colegiomedico.cl/wp-content/uploads/2020/02/Estandares-minimos_final.pdf
[2] Colegio Médico de Chile (2019) Costatación de lesiones y obligación de denunciar delitos. https://www.colegiomedico.cl/wp-content/uploads/2019/10/Constatacion_Lesiones_y_Obligacion_denunciar_delitos_2019-2.pdf